En
atención a las instrucciones del Gobernador Alfredo Del Mazo Maza de
salvaguardar la integridad de quienes comercializan fuegos pirotécnicos, el
Director del Instituto Mexiquense de la Pirotecnia (Imepi), Derek Isaac Cancino
Aguilar, realizó pruebas físicas de detonación de pirotecnia para medir las
reacciones negativas que se generan si no se usan con las medidas de seguridad
correspondientes.
En el Centro de Investigación, Capacitación y Adiestramiento de Tecámac, el
funcionario mexiquense destacó que, con la llegada de las celebraciones patrias
aumenta de manera considerable la venta de productos píricos, por lo que además
de las campañas permanentes que se realizan para concientizar sobre su uso
adecuado, también refuerzan las visitas de verificación en las zonas de mayor
producción.
Tras asegurar que el Estado de México se coloca como la primera entidad en
producción de pirotecnia a nivel nacional, dijo que esta actividad representa
una derrama económica calculada en 7 mil 700 millones de pesos anuales, siendo
el sustento de más de 66 mil familias mexiquenses en 62 municipios, entre los
que destacan Almoloya de Juárez, Tultepec, Zumpango, y algunos ubicados en la
zona de Los Volcanes.
Como parte de la campaña “Cambiemos la Historia”, se realizaron pruebas
experimentales en diferentes artificios, en las que se midieron las capacidades
explosivas, la onda expansiva del material químico, el embalaje, la reacción
del metal ante líquidos de diferente acidez, para verificar la reacción
ante solventes presentes habitualmente en talleres pirotécnicos que podrían
ocasionar un accidente, los rangos de daño con diferentes cantidades de mezcla
de trueno, así como daños por explosiones de cohetón pirotécnico sobre
materiales de construcción como tabla roca, aluminio, madera y triplay.
Cancino Aguilar puntualizó que durante los meses de septiembre y diciembre la
mayor cantidad de productos de venta al público son los conocidos de luz, como
chisperos y ollitas, así como los que son exclusivos de trueno. Mientras que en
las fiestas patronales se vende más el cohetón.
Enfatizó que para que las fiestas patrias sean sinónimo de luz y color, cada
año el Imepi realiza una campaña de prevención, donde se exhorta a a la
sociedad en general a no encender cohetones en sus manos y no quemarlos en
lugares cerrados ni dentro de recipientes.
Recomendó que los menores de edad no hagan uso de material pirotécnico y, en su
caso, lo hagan con la supervisión de un adulto, quien debe hacerse responsable
y buscar espacios abiertos de por lo menos 10 metros cuadrados, donde no haya
mascotas, instalaciones eléctricas, cables, gasolineras o instalaciones de gas.
Al quemar pirotecnia se deberá utilizar un encendedor largo, nunca estufas,
cigarros o velas, y exhortó a no cargar cohetes en chamarras o en las bolsas
del pantalón, además de no encender más de un producto pirotécnico a la vez.
Asimismo, hizo un llamado a mayordomos y fiscales de las parroquias
municipales, siendo los responsables de las fiestas patronales, para que
respeten los protocolos para la quema de cohetones y evitar accidentes.
En este tema, dijo que, a través de la dependencia a su cargo, se han emprendido
varias campañas de concientización con las autoridades eclesiásticas, para dar
a conocer el correcto del almacenaje, transportación y detonación de materiales
explosivos durante una peregrinación.
Referente a las medidas de seguridad por parte de los artesanos, explicó que en
los cinco mercados de artesanías pirotécnicas del estado está prohibido calar
los artificios y usar fuego, el ingreso de menores de edad y de personas en
estado de ebriedad, vender artificios de trueno mayor a R-15 o de productos
profesionales y solamente se pueden vender hasta 10 kilogramos de pirotecnia en
lugares autorizados.
Tras explicar la pirotecnia de uso profesional y de castillería, Ramón Calderón
Contreras, Subdirector de Capacitación e Innovación Tecnológica del Imepi,
destacó que para artificios de venta al público el máximo permitido es aquel
que contiene una carga pírica de 0.5 gramos, por lo que la comercialización de
productos superiores a esa carga se considera ilegal y estarían incurriendo en
un acto delictivo quien los produce, comercializa y los consume.